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Ley relativa a la publicidad de prestaciones y actividades sanitarias.

Estimados compañeros:


El pasado 28 de abril fue rechazada por el Congreso de los Diputados la proposición de Ley relativa a la publicidad de prestaciones y actividades sanitarias.

Esta proposición contenía el siguiente precepto:

“Artículo 7. Prohibiciones.”

“5. Se prohíbe a las empresas fabricantes, distribuidoras o comercializadoras de medicamentos, productos sanitarios o productos sanitarios a medida, realizar publicidad sanitaria destinada al público.”

En su artículo 2.1 definía la publicidad sanitaria como “toda forma de comunicación realizada por una persona física o jurídica, pública o privada, en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional, con el fin de promover de forma directa o indirecta la contratación de prestaciones y/o actividades sanitarias.”

En consecuencia, los protésicos dentales no podríamos hacer ningún tipo de comunicación para promover que nos contraten los pacientes, facilitando así la ilícita intermediación del odontólogo en la contratación de las prótesis dentales, con las consecuencias inherentes sufridas por todos los sectores en los que los intermediarios empobrecen a los productores y encarecen los precios de los productos.

La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 4 mayo 2017, ya declaró que una prohibición absoluta de publicidad es contraria a la Directiva 2000/31/CE y al artículo 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y así se lo hicimos saber a los miembros de la Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados.

Hubo dos intervenciones de los Diputados especialmente relevantes que se hicieron eco de nuestro mensaje. Uno de ellos expuso su oposición a prohibir por prohibir, siendo partidario de castigar a quien engañe en la publicidad, no a quien se publicite. El otro Diputado fue aún más allá. Citó las normas existentes que regulan la publicidad sanitaria, así que, realmente nos encontramos en una situación de dejación de funciones de por parte de la Administración que consiente la publicidad ilegal.

Continuaremos alerta ante cualquier iniciativa legislativa o reglamentaria contraria a los intereses profesionales de los protésicos dentales y de la salud y economía de los pacientes.


Sin otro particular, recibid un cordial saludo.

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